NUEVOS IMPUESTOS A DECLARAR PARA LAS MONEDAS VIRTUALES
Tras la publicación en el BOE de 29 de julio de 2023, con entrada en vigor al día siguiente, se aprueban los modelos 721, 172 y 173 necesarios para la presentación de las nuevas declaraciones informativas relativas a las monedas virtuales ante la Agencia Tributaria.
- Modelo 721 “Declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero”.
Se presenta con periodicidad anual y el plazo de presentación será entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente a aquel al que se refiera la información a suministrar. Se regula en la Orden HFP/886/2023 de 26 de julio , y será de aplicación por primera vez dicho modelo el ejercicio 2023 que se presentará entre el 1 de enero y 31 de marzo de 2024.
- Modelo 172 “Declaración informativa sobre saldos en monedas virtuales” y Modelo 173 “Declaración informativa sobre operaciones con monedas virtuales”.
Dichos modelos son regulados por la Orden HFP/887/2023, de 26 de julio, respectivamente. Tienen carácter anual y el plazo para ello será el mes de enero del año siguiente al que se corresponda la información declarada. Se presenta por primera vez el ejercicio 2023 en el mes de enero 2024.
Carmen Corpas.
Consultores Vera y Fernández, SLP.