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Vera y Fernández Consultores

¿TENGO QUE PRESENTAR IMPUESTO SOBRE PATRIMONIO?

¿Quién está obligado?

Los sujetos pasivos cuya cuota tributaria,  determinada de acuerdo con las normas reguladoras del Impuesto y una vez aplicadas las deducciones o bonificaciones que procedieren, resulte a ingresar, ó cuando no dándose esta circunstancia, el valor de sus bienes o derechos, determinado de acuerdo con las normas reguladoras del impuesto, resulte superior a 2.000.000 euros

La norma establece una base imponible mínima de 700.000€ para estar obligado a tributar y una lista de bienes y derechos exentos que se detalla  en los siguientes apartados.

 

¿Qué elementos se incluyen?

Todos tus bienes y derechos con contenido económico, pero existen algunos bienes que se excluyen en el Impuesto,  ¿Quiere saber cuales? Siga leyendo,ya que servirá para determinar lo que pagas y si estás obligado a presentar el modelo 714 del Impuesto sobre el Patrimonio.

 

¿Cuándo se presenta?

El Impuesto sobre el Patrimonio se presenta en las mismas fechas que la declaracion de la renta y se hace rellenando el Modelo 714 de forma online.

 

¿Qué no se tiene en cuenta para el cálculo del Impuesto?

Vivienda habitual:

Hasta 300.000 euros estaría exento por lo que no incrementa tu patrimonio a tu base imponible. 

Ajuar doméstico

Los muebles que tienes en casa, así como los electrodomésticos y utensilios del hogar no forman parte de la base imponible del impuesto.

Determinadas inversiones

El Impuesto sobre el Patrimonio excluye los derechos econóomicos como los correspondientes  a Planes de Pensiones, PPA, Planes empresariales y contratos de Seguros colectivos. 

El patrimonio empresarial y profesional

Se incluyen los bienes que necesites para el desarrollo de tu actividad económica, empresarial y profesional y que ésta se ejerza de forma habitual, personal y directa y que constituya tu principal fuente de renta.

Si eres accionista de la empresa en la que trabajas en principio el valor de esa participación no se tendría en cuenta para el impuesto.

Determinadas obras de arte y antigüedades

La lista es amplia y se dirige a los objetos recogidos en el artículo 4.3 de la Ley 19/91. Además, existen una serie de cantidades exentas.

 “Si crees que estas obligado a presentarlo, pídanos una simulación, lo antes posible.”

Carmen Corpas Soto.

Secretaria Dirección

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