Novedad sobre el Margen de la Oficina de farmacia, calculada por la Estimación Indirecta
Sentencia 1124/2018
Con fecha 29 de mayo de 2018 el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de lo Contencioso Administrativo, ha dictado sentencia en la que se estiman el recurso contencioso administrativo interpuesto por este despacho en defensa de los intereses de un farmacéutico.
La referida sentencia declara no conforme a derecho, nulas y sin efecto las resoluciones y liquidaciones dictadas en un procedimiento de Inspección realizado por la AEAT a un farmacéutico, en virtud del cual la Administración calcula el margen del beneficio en una Oficina de Farmacia, escogiendo una serie de productos con un margen alto y extrapolando dicho margen a otros productos con un margen inferior. Además, se demostró no solo que la contabilidad estaba correctamente llevada, y con ello las declaraciones fiscales, y cito textualmente “siendo los proporcionados por el recurrente razonables, objetivos, ponderados y adecuados a la naturaleza de la actividad de farmacia, todo ello con documentación autentificada y fiable necesaria a los fines pretendidos, , en definitiva no existen omisiones o inexactitudes de la documentación contable o registral que impidan conocer la exactitud o exhaustividad de ésta, ni falta de verificabilidad de la contabilidad por incumplimiento de los principios contables, que impidan la estimación directa en detrimento de la indirecta seguida por el órgano gestor”
Es decir, la Administración puso en duda la contabilidad del farmacéutico, para poder usar el método indirecto, que es en esencia calcular el margen de la farmacia, lo que fue desacreditado ya que se demostró la autenticidad de la información contable (por eso es muy importante llevar la contabilidad de forma precisa). Aun cuando la Administración no quiso reconocerlo en sus resoluciones, la interposición del recurso interpuesto por este despacho ha tenido un resultado positivo revocando las resoluciones en el sentido anteriormente indicado, y con expresa, condena en costas a la misma.
Es una sentencia, que queremos hacer extensiva a todos los farmacéuticos, por la importancia de la misma, dado que no existe ninguna parecida en las inspecciones de estimación indirecta, y ninguna en el sector de la Farmacia.
Gracias a la confianza de nuestros clientes, hemos conseguido una sentencia que inicia un camino de esperanza, para situaciones de análoga naturaleza, y que puede ser utilizada como argumento jurídico solido en la defensa de los intereses de todos frente a resoluciones no ajustadas a derecho dictadas por la Administración, y evitar, en algunos casos los abusos de ésta.
David Fernández Olmedo
Consultores Vera y Fernández, SLP.