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Vera y Fernández Consultores

NUEVAS SUBVENCIONES DEL AYTO. DE MALAGA, AYUDAS DESTINADAS A REACTIVAR LA ACTIVIDAD COMERCIAL EN LOS BARRIOS

Les informamos de nuevo, la oportunidad de emprender con éxito las nuevas subvenciones del Ayuntamiento de Málaga, por las que se conceden ayudas destinadas a reactivar la actividad comercial en los barrios.

OBJETO

Al ser la finalidad de esta iniciativa la reactivación de la actividad comercial, no serán subvencionables los locales que estén “en bruto” y que no hayan tenido de forma previa una actividad comercial.

Además, el local debe contar con la viabilidad de uso urbanística y cumplir con las distintas normativas (accesibilidad, contraincendios, etc.) para poder obtener licencia de apertura o encuadrarse dentro de los supuestos de declaración responsable.

Se excluyen expresamente las actividades comerciales donde el local vaya a ser destinado como espacio de alquiler vacacional, así como aquellas que por su propia naturaleza no estén abiertas al público.

Debe tratarse de la puesta en marcha de un negocio comercial en un local que esté situado en planta baja y dentro del término municipal de Málaga. El local deberá tener acceso directo desde la calle, contar con fachada exterior y encontrarse cerrado y sin actividad en el momento de la solicitud. El local deberá ser público, fijo, cerrado, cubierto e independiente.

BENEFICIARIOS

Podrán optar a ellas todas aquellas personas (físicas o jurídicas) que:

* tengan la consideración de PYME

* que vayan a iniciar como titulares una actividad comercial y justifiquen que la actividad o la licencia de apertura está a nombre del solicitante de la subvención,

* que la empresa haya iniciado la actividad y esté dada de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) ante Hacienda Pública y en Seguridad Social,

* que la actividad comercial se mantenga activa durante al menos 12 meses desde la fecha de apertura,

* que el proyecto empresarial sea viable técnica y económicamente.

GASTOS SUBVENCIONABLES

El porcentaje de subvención será de un 50% de los costes subvencionables durante los 12 meses iniciales de actividad. Se contempla como coste subvencionable los gastos derivados de contar con la disponibilidad de uso del local (arrendamiento, compra, incubación, etc.).

IMPORTE DE LA AYUDA

El importe total de las ayudas que se concederán es de 2 millones de euros y se destinará un máximo de 6.000 euros por local.

PLAZO

El plazo de presentación de solicitudes de las subvenciones será hasta que se haya comprometido la totalidad del importe de la misma o hasta el 31 de Diciembre de 2022.

Marga Pérez Reina

Dpto. Subvenciones y Ayudas Públicas

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